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Declaración de la Misión de Cuba en Ginebra
[29.01.2011]- Actualización 8:10 pm de Cuba
Los
miembros de la OMC mantienen su denuncia a los
Estados Unidos por dificultar el registro de marcas
cubanas
Misión de Cuba en Ginebra
Ginebra, 26 de enero de 2011
Desde
que fuera promulgada la Sección 211 hace ya doce
años, legislación incompatible con los principios
del trato nacional y de nación más favorecida, según
un informe del Órgano de Apelación de 2002, Cuba
viene denunciando mes tras mes que en Estados Unidos
se obstaculiza e imposibilita el registro de activos
intangibles como el de la marca Havana Club, debido
a que la Sección 211 no lo permite.
Esta
marca, insigne de Cuba y reconocida en el mundo
entero, excepto en Estados Unidos, está registrada
desde 1976 en ese país a favor de la empresa
CUBAEXPORT. El Havana Club se elabora por maestros
roneros cubanos con una tecnología que data de hace
más de medio siglo, lo que demuestra la antigüedad
de nuestra marca. Sin embargo, la existencia de la
Sección 211 atenta contra los derechos de titulares
de marcas cubanas, y ha facilitado a la compañía
Bacardí la venta fraudulenta de productos como el
ron Havana Club.
Cuba
ha demostrado su apego y respeto a los Tratados,
Convenios y Arreglos internacionales relativos a la
Propiedad Intelectual de los cuales es Parte, en
contraposición a la postura de Estados Unidos, que
no ha modificado su legislación para cumplir con las
obligaciones de la Organización Mundial del
Comercio.
Ya
hemos dicho y no nos cansaremos de reiterar que la
conducta de Estados Unidos, además de ilegal e
impúdica, constituye el mayor de los despropósitos
en materia del derecho de la propiedad intelectual.
Señor
Presidente,
Adicionalmente, el incumplimiento e inactividad de
las autoridades de ese país en el caso de la Sección
211, estimula las pretensiones ejecutorias de
ciudadanos radicados en Estados Unidos, quienes son
beneficiarios de fallos politizados, espurios,
arbitrarios y carentes de imparcialidad, por parte
de sus tribunales contra el Estado cubano, a costa
de los derechos de Propiedad Industrial de titulares
cubanos que han sido debidamente registrados y
reconocidos en dicho país, conforme a los
instrumentos jurídicos internacionales y a la
legislación estadounidense.
De
consumarse esa ilegal usurpación a favor de los
demandantes, por la acción u omisión de las
autoridades de Estados Unidos, se añadiría otro
precedente muy negativo con implicaciones
comerciales a escala mundial.
También incurrirían en una nueva y grave violación
de las obligaciones jurídicamente vinculantes de
Estados Unidos, según los Tratados internacionales
vigentes en materia de Propiedad Intelectual de los
que es Estado Parte, quien le ha de brindar
protección a las marcas y patentes de las compañías
e instituciones de todos los países, incluida Cuba.
Ese gobierno, tiene por tanto, completa autoridad,
en virtud de sus propias leyes, para intervenir en
procesos judiciales de tal naturaleza que afectan
sus intereses nacionales.
Sólo
exigimos justicia.
Muchas
Gracias. |