"Las sanciones económicas contra Cuba
constituyen el principal obstáculo al desarrollo del
país"
Cuba Si France
[27.10.2011]-Actualizado 10:30 pm Cuba
CSF: Acaba
de publicar un nuevo libro bajo el título Etat de
siège. ¿De qué trata exactamente?
Salim
Lamrani: Como indica el subtítulo, este libro
trata de las sanciones económicas unilaterales que
Estados Unidos impone a Cuba desde 1960. Se
establecieron en plena Guerra Fría con el objetivo
de derrocar al gobierno revolucionario de Fidel
Castro cuyas reformas económicas y sociales no eran
del agrado de la administración Eisenhower de la
época. Más de medio siglo después, mientras que la
Unión Soviética desapareció y que la Guerra Fría no
es más que un viejo recuerdo, Washington persiste en
mantener un estado de sitio económico que asfixia a
todas las categorías de la población cubana y que
afecta en primer lugar a los sectores más
vulnerables a saber las mujeres, los ancianos y los
niños.
Hay que saber que
la retórica diplomática para justificar la
hostilidad estadounidense hacia Cuba fluctuó según
las épocas. En un primer tiempo, se trataba de las
nacionalizaciones y de sus indemnizaciones. Luego,
Washington evocó la alianza con la Unión Soviética
como el principal obstáculo para la normalización de
las relaciones entre los dos países. Después, en los
años 1970 y 1980, la intervención cubana en África,
más precisamente en Angola y en Namibia, para ayudar
a los movimientos de liberación nacional a conseguir
su independencia y para luchar contra el apartheid
en África del Sur, se estigmatizó para explicar el
mantenimiento de las sanciones económicas. Por fin,
desde el desmoronamiento de la Unión Soviética,
Washington esgrime el argumento de la democracia y
de los derechos humanos para mantener el
estrangulamiento económico sobre la nación cubana.
CSF: ¿Cuál
es justamente el impacto de estas sanciones en la
población cubana?
SL: Las
sanciones económicas contra Cuba constituyen el
principal obstáculo al desarrollo del país y todos
los sectores de la sociedad se hallan afectados. Hay
que saber que Estados Unidos siempre fue el mercado
natural de Cuba por razones históricas y geográficas
evidentes. La distancia que separa las dos naciones
no supera los 150 kilómetros. En 1959, el 73% de las
exportaciones cubanas se destinaban al mercado
estadounidense y el 70% de las importaciones
procedían de allí. Entonces existía una fuerte
dependencia respecto al Vecino del Norte. Entre 1960
y 1991, las relaciones con la URSS permitieron
atenuar el impacto de las sanciones pero ya no es el
caso ahora.
Concretamente,
Cuba no puede vender nada a Estados Unidos, que
sigue siendo el primer mercado mundial, y no puede
comprarle nada, salvo algunas materias primas
alimentarias desde el año 2000, pero con condiciones
drásticas tales como el pago de las mercancías por
adelanto, en otra moneda distinta del dólar
–entonces Cuba tiene que asumir los gastos de
cambio– y sin posibilidad de contractar un préstamo.
Eso limita fuertemente las posibilidades comerciales
de la isla, que tiene que abastecerse en otros
países con un costo muy superior.
CSF: Usted
subraya también el carácter extraterritorial de las
sanciones económicas.
SL: En
efecto, desde 1992 y la adopción de la ley
Torricelli, las sanciones se aplican también a
terceros países que comercian con Cuba, lo que
constituye una grave violación del derecho
internacional que prohíbe a toda legislación
nacional que sea extraterritorial –es decir que se
aplique allende su territorio nacional-. En efecto,
la ley francesa no puede aplicarse en España y la
ley italiana no puede aplicarse en Francia. No
obstante, la ley estadounidense sobre las sanciones
económicas se aplica a todos los países que
comercian con Cuba.
Así, todo barco
extranjero que entre en un puerto cubano no puede
entrar a Estados Unidos durante seis meses. Cuba, al
ser una isla, depende mucho del transporte marítimo.
La mayoría de las flotas de transporte que operan en
el estrecho de la Florida realizan lógicamente la
parte más importante de sus actividades con Estados
Unidos por el tamaño de su mercado. Entonces no
pueden arriesgarse a transportar mercancías a Cuba y
cuando lo hacen exigen tarifas superiores a las que
se aplican a los países vecinos tales como Haití o
República Dominicana, con el fin de compensar las
pérdidas que se derivan de la prohibición de entrar
en un puerto estadounidense. Así, si el precio
habitual del transporte de mercancías es de 100 para
República Dominicana, será de 600 o 700 cuando se
trate de Cuba.
CSF: Usted
menciona también el carácter retroactivo de las
sanciones económicas.
SL: Desde
la adopción de la ley Helms-Burton en 1996,
cualquier empresario que desee hacer una inversión
en Cuba en tierras nacionalizadas en 1959, se
arriesga a demandas judiciales en Estados Unidos y a
ver sus haberes congelados. Esta ley es una
aberración jurídica en la medida en que es a la vez
extraterritorial y retroactiva –es decir que se
aplica para hechos ocurridos antes de la adopción de
la ley– lo que es contrario al derecho
internacional. Tomemos el caso de la ley antitabaco
en Francia. La ley entró en vigor el 1 de enero de
2008. Pero si uno fumó en un restaurante el 31 de
diciembre de 2007, no se le puede condenar por ello
pues la ley no puede ser retroactiva. Ahora bien, la
ley Helms-Burton se aplica a hechos ocurridos en los
años 1960, lo que es ilegal.
CSF: Los
Estados Unidos afirman que las sanciones económicas
son una simple cuestión bilateral y que no
conciernen al resto del mundo.
SL: Los
ejemplos que acabo de dar demuestran lo contrario.
Voy a citar otro. Un constructor de automóviles
alemán, coreano o japonés –poco importa su
nacionalidad en realidad– tiene que demostrar al
Departamento del Tesoro que sus productos no
contienen un solo gramo de níquel cubano para poder
venderlos en el mercado estadounidense. Sucede lo
mismo a todas las empresas agroalimentarias que
desean invertir en el mercado estadounidense. Danone,
por ejemplo, tendrá que demostrar que sus productos
no contienen ninguna materia prima cubana. Entonces,
Cuba no puede vender sus recursos y sus productos a
Estados Unidos pero en estos casos precisos tampoco
podrá venderlos a Alemania, Corea o Japón. Estas
medidas extraterritoriales privan así a la economía
cubana de numerosos capitales y a las exportaciones
cubanas de numerosos mercados por todo el mundo.
CSF: Las
sanciones económicas también tienen un impacto en el
campo de la salud.
SL: En
efecto, alrededor del 80% de las patentes en el
sector médico proceden de las multinacionales
farmacéuticas estadounidenses y de sus filiales, lo
que las ubica en una situación de casi monopolio.
Cuba no puede acceder a esas medicinas por las
restricciones que impone el gobierno estadounidense.
Ahora bien, hay que saber que el derecho
internacional humanitario prohíbe todo tipo de
restricción a la libre circulación de alimentos y de
medicinas, incluso en tiempo de guerra. Y
oficialmente Estados Unidos no está en guerra contra
Cuba.
Un ejemplo
preciso: los niños cubanos no pueden beneficiarse
del dispositivo Amplatzer fabricado en Estados
Unidos que permite evitar una cirugía a corazón
abierto. Decenas de niños están esperando esta
intervención. Sólo en el año 2010, cuatro niños
integraron esta lista: María Fernanda Vidal, de 5
años, Cyntia Soto Aponte, de 3 años, Mayuli Pérez
Ulboa, de 8 años y Lianet D. Álvarez, de 5 años.
¿Acaso estos niños
son responsables del diferendo que opone La Habana a
Washington? ¡No! ¡Sin embargo pagan este precio!
CSF: En su
libro menciona también el carácter irracional de
algunas restricciones.
SL: En
efecto, hay que saber que desde 2004 y la aplicación
estricta de las reglas de la Oficina de Control de
Bienes Extranjeros (OFAC), todo turista
estadounidense que consumiera tabaco cubano o un
vaso de ron Habana Club durante una estancia en el
extranjero se arriesgaría a una multa de un millón
de dólares y diez años de prisión. Otro ejemplo: un
cubano que reside en Francia teóricamente no puede
comer una hamburguesa en Mc Donald’s. Estas medidas
son irracionales pues son inaplicables. Estados
Unidos no dispone de los recursos materiales y
humanos para poner a un funcionario detrás de cada
turista. No obstante, ilustran la obsesión de
Estados Unidos de asfixiar económicamente a los
cubanos.
CSF: Su
obra contiene un prólogo de Wayne S. Smith y un
prefacio de Paul Estrade, que son conocidos de los
especialistas, pero quizás menos del gran público.
¿Podría recordarnos quiénes son?
SL: Wayne
S. Smith es un antiguo diplomático estadounidense
que en la actualidad es profesor en la Universidad
Johns Hopkins de Washington. Fue el último
diplomático en función en Cuba con el rango de
embajador entre 1979 y 1982. Se distinguió por su
política de diálogo y de acercamiento con La Habana
bajo el gobierno de James Carter. Es un partidario
de una normalización de las relaciones entre Cuba y
Estados Unidos y esboza en el prólogo una
constatación lúcida sobre el carácter anacrónico,
cruel e ineficaz de las sanciones económicas.
En cuanto a Paul
Estrade, es profesor emérito en la Universidad París
VIII y se trata sin duda del mejor especialista de
Cuba en Francia. Sus obras sobre el tema son una
referencia en el mundo académico. En su prefacio,
recuerda la manera en que los medios de comunicación
ocultan el estado de sitio contra Cuba cuando
abordan las dificultades económicas de este país.
Etat
de siège. Les sanctions économiques des Etats-Unis
contre Cuba
Prólogo de Wayne S. Smith
Prefacio de Paul Estrade
París, Ediciones Estrella, 2011
15€
Disponible en
librerías y en
http://www.amazon.fr/Siege-Sanctions-Economiques-Etats-Unis-Contre/dp/2953128425/ref=sr_1_1?ie=UTF8&qid=1317400645&sr=8-1
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lamranisalim@yahoo.fr
Revisado por Caty
R.