Cuba:
Nuevas legislaciones para la prevención
y detección de lavado de dinero
Por Fidel Rendón Matienzo
[25.03.2014]-
Actualización 10:00 pm de Cuba
La necesidad de desatar los nudos
productivos que obstaculizan el
desarrollo de la nación, y de fomentar
el comercio exterior, la inversión
extranjera y el sector no estatal, no
puede ni debe llevar al país a perder de
vista el imprescindible control y
seguridad de su soberanía y la
preservación de las principales
conquistas de la Revolución Cubana.
Por ello ninguna nueva medida al calor
de la actualización del modelo económico
se aprueba si ante todo no va acompañada
de su marco legal, y como parte de la
cruzada contra las indisciplinas
sociales, las ilegalidades, el delito y
la corrupción se avanza en el seno de
la sociedad en materia de orden, respeto
a las leyes, organización y prevención,
mientras el sector jurídico revisa sus
códigos y legislaciones para
atemperarlos a estos tiempos.
Todavía queda mucho por hacer y por
lograr en este estratégico frente, en el
cual se dan los pasos necesarios, se
adoptan regulaciones y normas, incluso
con vistas a enfrentar nocivos flagelos
que hasta hace poco no constituían
peligros potenciales para Cuba pero hoy
día están al acecho.
La Gaceta Oficial extraordinaria No. 8,
del 23 de enero último publicó dos
documentos que refrendan la posición del
gobierno ante cualquier intento de
legalizar ilícitos financieros.
El primero de ellos es el Decreto-Ley
No. 317, del Consejo de Estado, titulado
"De la prevención y detección de
operaciones en el enfrentamiento al
lavado de activos, al financiamiento, al
terrorismo, a la proliferación de armas
y al movimiento de capitales ilícitos",
del 7 de diciembre de 2013.
El segundo es el Decreto No. 322,
también de ese año, con el cual el
Consejo de Ministros autoriza a la
Dirección General de Investigación de
Operaciones Financieras, del Banco
Central de Cuba (BCC), a actuar como
unidad central de inteligencia
financiera de carácter nacional.
El Decreto-Ley ratifica la vocación del
Estado cubano de "preservar la seguridad
ciudadana y las demás conquistas
sociales alcanzadas" y de cumplir sus
compromisos con las convenciones y
convenios de la Organización de Naciones
Unidas, en tanto subraya que la
prevención es el elemento fundamental en
el enfrentamiento a los fenómenos
mencionados anteriormente.
Pero "la creciente internacionalización
de las relaciones económicas- señala uno
de los Por cuantos-, la ampliación de
los sujetos que participan, y los
desafíos que imponen el uso de las
nuevas tecnologías en la tramitación de
transacciones financieras, así como la
creación de compañías, asociaciones y
otras formas de administración comercial
y públicas, exigen que se amplíen y
armonicen con los estándares aceptados
internacionalmente, las estructuras y
procedimientos existentes para la
identificación de riesgos, su
prevención, detección y el análisis de
la información necesaria para preservar
la licitud de los fondos que circulan
por el país e impedir así que puedan
relacionarse con otros provenientes de
actividades ilícitas".
La medida establece nuevas bases legales
para prevenir y detectar las operaciones
que se realicen para dar apariencias de
legitimidad o cualquier activo,
relacionadas con los flagelos antes
mencionados.
Estarán sujetas a cumplirla
instituciones financieras -tanto
constituidas con arreglo a las leyes
nacionales como extranjeras-
establecidas en Cuba con licencia del
BBC, y que puedan realizar, entre otras,
operaciones de fideicomiso, remesas y
cambio de moneda.
Contempla además, a personas naturales o
jurídicas que actúen de abogados,
notarios y consultores, o quienes
ejercen la contabilidad por cuenta
propia y otras formas de gestión no
estatal, en actividades relacionadas con
compraventa de inmuebles, o la creación,
operación o administración de sociedades
o compañías, u otras formas de
administración que autoriza la ley.
Estos sujetos tienen la obligación de
reportar las operaciones sospechosas de
lavado de activos, financiamiento al
terrorismo, a la proliferación de armas
y otras relacionadas de similar
gravedad, según
disponga el Banco Central de Cuba.
En la clausura del segundo período
ordinario de sesiones de la octava
legislatura de la Asamblea Nacional del
Poder Popular, el 21 de diciembre
pasado, el General de Ejército Raúl
Castro afirmó que "cada paso que demos
debe acompañarse del establecimiento y
preservación de un clima de ORDEN,
DISCIPLINA Y EXIGENCIA; que los
problemas deben preverse antes de su
aparición y si surgen, hay que actuar de
inmediato, sin vacilación,
preferentemente cuando son pequeños y
aislados, que siempre será preferible a
pagar el costo político que entraña la
inercia y la pasividad en hacer cumplir
la legalidad". |
|