Declaración y pago de
Tributos: ¿Por dónde
andamos?
Por Oscar Figueredo
Reinaldo, Lissett
Izquierdo Ferrer
[16.01.2020]-
Actualización 9:00 am de Cuba
¿Cuáles fueron los
principales resultados
de la Campaña de
Declaración Jurada y
Pago de Tributos en
2019? ¿Hay más cultura
tributaria? ¿Qué pasó
con los contribuyentes
que evadieron al fisco?
¿Cómo será el proceso
este año?
Para responder esas y
otras interrogantes
relacionadas con el
sistema tributario
cubano comparecieron
este martes en el
espacio televisivo Mesa
Redonda directivos de la
Oficina Nacional de
Administración
Tributaria (ONAT).
La jefa de de la ONAT,
Mary Blanco Ortega,
recordó que 2019 fue un
año complejo,
caracterizado por el
recrudecimiento del
bloqueo y una tensa
situación financiera.
Ante ese escenario,
dijo, se adoptó un
conjunto de medidas para
potenciar los ingresos e
identificar reservas que
compensarán las
afectaciones.
De acuerdo con la
directiva, esas acciones
posibilitaron cumplir
los estimados de
ingresos informados en
la Asamblea Nacional, en
diciembre último, y
crecer en mil 738
millones de pesos con
relación al cierre del
2018.
Los ingresos obtenidos
contribuyeron a
respaldar los
principales servicios
básicos a la población,
los programas sociales y
otras medidas adoptadas
por el Gobierno, entre
ellas, el incremento
salarial al sector
presupuestado.
En palabras de Blanca
Ortega, resulta
meritorio reconocer la
participación consciente
y responsable de la
mayoría de los
contribuyentes y la
labor de los
trabajadores de la ONAT.
Sobre los pronósticos
para este año, precisó
que se estima que los
ingresos crezcan un
11,5%, lo cual
representa un incremento
de más de 6 mil 800
millones de pesos con
respecto a lo recaudado
en 2019.
Tal y como lo recoge la
Ley del Presupuesto, el
aumento previsto se
sustenta
fundamentalmente en el
crecimiento de la
circulación mercantil
minorista, en la
eficiencia empresarial y
en una mayor disciplina
de pago por parte de
todos los contribuyentes
y el control sistemático
de la ONAT.
-Se mantiene que el
sector estatal participa
en un 85% de los
ingresos totales y las
formas de gestión no
estatal en un 13%.
-Se reafirma la
capacidad recaudatoria
del sistema tributario
que participa en un 74%
de las recaudaciones
totales.
Blanca Ortega reiteró la
necesidad de incrementar
al máximo las acciones
preventivas, educativas
y el control sobre la
disciplina en el pago de
los impuestos, en
coordinación con todos
los órganos y
organismos, minimizando
los incumplimientos y
enfrentando la evasión
fiscal.
Campaña de
Declaración Jurada 2019
En la Campaña de
Declaración Jurada del
pasado año se obtuvieron
resultados superiores,
según expuso en la Mesa
Redonda la jefa de la
ONAT, quien ratificó que
esas recaudaciones son
destinadas a los
presupuestos
municipales.
El sector artístico, los
comunicadores sociales y
diseñadores, así como
los trabajadores de
sucursales extranjeras
superaron los
porcentajes de
presentación del año
anterior, es decir,
declararon en tiempo.
En el caso de los
trabajadores por cuenta
propia, la presentación
de la DJ fue ligeramente
inferior, motivado
fundamentalmente por
haber coincidido con el
proceso de
reordenamiento de este
sector.
Sin embargo, valoró la
jefa de la ONAT, se
mejora la calidad de la
declaración, sustentado
en un incremento
creciente de los
ingresos declarados. De
igual manera aumentan
también las
declaraciones juradas
que dan a pagar y los
que lo hacen antes del
28 de febrero, que se
acogen al beneficio del
5%.
Tal resultado refleja,
consideró la directiva,
que se ha ido ganando en
conocimiento,
responsabilidad
ciudadana y disciplina
tributaria.
Por primera vez
declararon los
trabajadores del sector
agropecuario, con buenos
resultados.
La jefa de la ONAT dijo
que persiste un grupo de
contribuyentes que no
declaran en los términos
y formas establecidas.
Las oficinas requirieron
a más de 5 mil 500
incumplidores,
imponiendo las multas
que corresponden.
A la vez, se mantiene
“un nivel de
subdeclaración
importante”, argumentó
la directiva. Más de 6
mil contribuyentes
fueron notificados por
declarar ingresos
inferiores a su nivel de
actividad, de ellos el
82% reconoció su error y
rectificó la
declaración.
Los directivos de la
ONAT manifestaron que la
Oficina ha perfeccionado
su sistema de control
fiscal y las medidas a
adoptar.
Pero, ¿cómo se corrobora
la veracidad de los
números anotados en la
DJ?
La revisión de las
declaraciones juradas es
uno de los procesos
fundamentales de la
Administración. Consiste
en revisar, comprobar y
validar la coherencia y
calidad de la
información, a partir de
los elementos con que
cuenta la
administración, que
fueron obtenidos por
diversas vías, explicó
Reinaldo Alemán Mondeja,
vicejefe de la ONAT.
Este paso tiene como
propósito fundamental
elevar la percepción de
riesgo en los
contribuyentes, mejorar
su conducta fiscal e
incrementar los ingresos
al presupuesto del
Estado.
De acuerdo con Alemán,
la revisión de las
declaraciones juradas en
los últimos años
evidencia que, a pesar
de que los resultados
van mejorando
ligeramente de una
campaña a otra, existen
contribuyentes que no
tienen una clara
percepción del riesgo de
declarar
incorrectamente, usando
subterfugios,
subdeclarando ingresos
para pagar menos
impuestos, omitiendo o
sobredimensionando
gastos.
Resultados de la pasada
campaña:
-El 94% del total de
contribuyentes presentó
la DJ. Sobre el 6%
restantes, se multaron
casi 5 mil 500
incumplidores por un
importe de un millón 800
mil pesos.
-Se revisaron en
profundidad casi 9 mil
900 declaraciones
juradas, en las cuales
se detectaron menos
ingresos que los
obtenidos por los
contribuyentes, a
quienes se les dio la
oportunidad de que
rectificaran. Esto lo
hizo el 86%
(aproximadamente 8 mil
500). En 630
contribuyentes se
determinaron deudas por
77 millones de pesos.
-El análisis de la
información con que
cuenta la Administración
Tributaria, que incluye
los pagos que realizan
las personas jurídicas
por productos o
servicios recibidos,
posibilitó detectar
contribuyentes que:
Declararon ante el
Registro de
Contribuyentes que
tenían un determinado
número de trabajadores
contratados, inferior a
la cantidad necesaria
para sostener los
niveles de actividad de
su negocio, lo que se
traduce en contratación
ilegal de fuerza de
trabajo.
Tienen autorización para
ejercer una actividad,
sin embargo, en la
práctica estaban
ejerciendo ilegalmente
otra, para poder
mantener los niveles de
actividad de su negocio.
Ambas situaciones
incluyen contribuyentes
de actividades del
régimen simplificado de
tributación, que por su
nivel real de
contratación de fuerza
de trabajo o por la
necesidad real de
ejercer más de una
actividad, debían estar
en el régimen general,
eludiendo así el pago de
tributos y la
consiguiente
presentación de la
Declaración Jurada. En
cerca de mil 300
contribuyentes
fiscalizados se
determinaron deudas por
casi 78 millones de
pesos.
El ejercicio ilegal de
la actividad propicia la
indisciplina social y la
competencia desleal. Los
procedimientos de la
ONAT permiten la
determinación de esas
deudas. En poco más de
700 ilegales se
determinaron deudas por
un millón 200 mil pesos.
En algunos casos se ha
comprobado que los
servicios que prestan
los Tenedores de Libros
no cumplen con su
principal función de
asesoramiento y llevanza
correcta y oportuna de
los hechos contables a
sus clientes y así
evitar el incumplimiento
en el pago de los
tributos en el término
establecido y en la
cuantía correcta.
En abril de 2019 se puso
en vigor la Resolución
No.112/2019 del
Ministerio de Finanzas y
Precios, la cual
establece la
obligatoriedad para los
Tenedores de Libros de
informar irregularidades
a través de reportes de
operaciones sospechosas.
Con el objetivo de
acercar cada día más los
niveles reales de
actividad de los
negocios a los aportes
sistemáticos que deben
realizar, la ONAT se
propuso aprovechar más
la posibilidad que da la
Ley Tributaria de
efectuar propuestas a
los consejos de la
administración
municipales de
incrementos de cuotas
mensuales a los
trabajadores por cuenta
propia, priorizando
actividades del Régimen
Simplificado.
En tal sentido, han sido
aprobadas 50 mil 300
propuestas, de ellas
casi 30 mil 600 a
contribuyentes del
régimen simplificado,
con un impacto mensual
en la recaudación de los
presupuestos municipales
de 4 millones 600 mil
pesos.
En cuanto al Impuesto
sobre Utilidades:
En paralelo al pago de
tributos sobre los
ingresos personales, se
desarrolla la
declaración jurada de
utilidades por las
personas jurídicas.
En el pasado año se
incorporaron por primer
vez las cooperativas de
créditos y servicios,
que representan un nivel
de ingresos
significativo.
Se supo que la ONAT
perfeccionó el
procedimiento para la
fiscalización de ese
tipo de declaración
jurada, lo que incluyó
la realización de
comprobaciones
especiales aprobadas por
la Contraloría General
de la República.
En 2019 el 97.5% del
total de contribuyentes
presentaron la
Declaración Jurada. Se
multaron todos los
incumplidores por un
importe total de 200 mil
pesos.
-Se revisaron casi 4 mil
800 declaraciones
juradas y se
determinaron deudas por
casi 102 millones de
pesos.
¿Qué ocurre con los
incumplidores?
Al referirse al régimen
sancionador, el vicejefe
de la ONAT explicó que
cuando se tipifican
conductas más gravosas,
en las que se evidencia
mayor intencionalidad,
pueden aplicarse
sanciones como el cierre
temporal o definitivo
del establecimiento
comercial, y la retirada
temporal o definitiva de
la licencia para
desarrollar la actividad
para la que fue
otorgada.
En 2019 la ONAT
perfeccionó su
procedimiento para la
aplicación de estas
sanciones, definiendo
con mayor precisión los
criterios de actuación,
entre los que se
encuentran:
Evidencias de un
presunto delito de
evasión fiscal.
No presentación de la
Declaración Jurada del
Impuesto sobre Ingresos
Personales o del
Impuesto sobre
Utilidades.
Evidencias de un posible
delito de lavado de
activos o actividad
económica ilícita,
certificado por los
órganos competentes.
Utilización de otras
personas para el
otorgamiento de
licencias, en condición
de prestanombres para
esconder la acumulación
de riquezas, patrimonios
u otras intenciones no
legales.
Reincidencia, para el
caso de los Tenedores de
Libros, en no presentar
los reportes sospechosos
de sus clientes.
En la Mesa Redonda
trascendió que en estos
últimos años, como
resultado de la
rigurosidad de los
procesos de
fiscalización e
investigaciones, se han
incrementado las
denuncias por presuntos
delitos de evasión
fiscal, procesándose a
un grupo de
contribuyentes, quienes
han sido sancionados, en
dependencia de la
gravedad, con diversas
medidas, incluyendo -en
los casos más graves- la
privación de libertad.
En el 2019 la ONAT
presentó 87 denuncias y
se han conocido de 35
sentencias penales,
entre ellas 8 privativas
de libertad.
En septiembre último
este organismo puso en
vigor una instrucción
que garantiza mayor
severidad en la
aplicación de sanciones
a los contribuyentes con
tendencia reiterada en
los incumplimientos y a
la evasión fiscal.
¿Qué pasa en el sector
agropecuario?
El pasado año se informó
en este mismo espacio,
que entre las novedades
de la Ley 126 del
Presupuesto del Estado
para el año 2019, estaba
el inicio del Proceso de
Declaración Jurada del
Impuesto sobre los
Ingresos Personales de
los propietarios o
usufructuarios de
tierras, tenedores de
ganado sin tierra y
productores individuales
de origen animal o
vegetal (agricultores
pequeños).
Desde esa fecha, se
certificó un potencial
de 217 mil 933 obligados
a presentar declaración
jurada y se recibieron
216 mil 655 para un
99.4%.
La provincia con mayor
incumplimiento fue Ciego
de Ávila (93.9%). El
resto de las provincias
culminó por encima del
98%, informó Yoandra
Cruz Dovales, Vicejefa
Primera de la ONAT.
También se dio a conocer
que el 22,4% (48 mil
524) de los
contribuyentes después
de llenada la
declaración jurada
tuvieron un importe a
liquidar.
Otro resultado expuesto
fue se pagó en periodo
voluntario alrededor de
220 millones de pesos,
sin embargo, al cierre
del año se constataron
ingresos por más de 283
millones. “La diferencia
se corresponde con los
aplazamientos de pago
otorgados. Igualmente se
bonificaron por pronto
pago más de 22 mil
contribuyentes. El
importe de la
bonificación fue
superior a los 6
millones de pesos”.
Al valorar el resultado
de este proceso, Cruz
Dovales calificó como
positivo la realización
de un amplio proceso de
capacitación que incluyó
a 224 mil 354 asociados.
Destacó además el 99,4%
de presentación en
término voluntario es
superior a todas las
figuras que declaran,
pudiéramos decir inédito
en este impuesto.
Con relación a los
ingresos como resultado
del proceso, no se
alcanzó el plan previsto
de 420 millones de
pesos, pero se llegó a
283 millones de pesos.
Se mantuvo el
intercambio con los
actores, con las formas
productivas, con los
organismos y entidades
que tienen participación
en este proceso.
En otro momento de la
Mesa Redonda, la
vicejefa primera de la
ONAT dijo que se
ratifican los siguientes
conceptos:
La presentación de la
declaración jurada para
el pago del Impuesto al
cierre del año.
La declaración jurada se
presenta, aunque al
liquidar el impuesto
resulte que no debe
hacer pago adicional al
cierre del año.
Se deducen de los
ingresos brutos para
determinar la base
imponible o ingresos
imponibles: El mínimo
exento; hasta el setenta
por ciento (70 %) por
gastos propios de la
actividad; los tributos
pagados asociados a la
actividad, excepto los
pagos efectuados por el
Impuesto por la
Ociosidad de Tierras
Agrícolas y Forestales;
y el importe mínimo del
Impuesto (retenciones
del 5%).
Los gastos deducibles
hasta el 70% de los
ingresos obtenidos, debe
contar con evidencia
documental ante la
Administración
Tributaria, ONAT, el
cincuenta por ciento (50
%); es decir, se exige
la justificación de la
mitad de los gastos
deducidos.
Adecuaciones para el
pago del Impuesto
Se aplica a la base
imponible obtenida, un
tipo impositivo fijo del
cinco por ciento (5%),
como liquidación
adicional del Impuesto
sobre Ingresos
Personales, eliminando
el uso de la escala
progresiva.
Se reconoce y acepta
como definitivo y aporte
mínimo de este impuesto,
la retención del cinco
por ciento (5%)
realizadas por las
producciones vendidas en
ejercicio fiscal 2019,
eliminando las
devoluciones de pagos en
exceso del impuesto por
este concepto, teniendo
en cuenta la pérdida
recaudatoria del
Presupuesto del Estado
al dejar de aplicar la
escala progresiva por
tramos.
El proceso de
declaración jurada,
liquidación y pago del
Impuesto sobre los
Ingresos Personales,
para los productores
individuales de
alimentos del sector no
cañero, comienza el 2 de
marzo de 2020 y concluye
el 30 de junio del
propio año y se concede
la bonificación por
pronto (un 5% de la
cuantía que resulte a
pagar según declaración
jurada), a los que
declaren y paguen el
impuesto antes del 30 de
abril de 2020.
Los productores cañeros
que obtengan ingresos
por otros cultivos, en
el año 2020, liquidan y
pagan el Impuesto sobre
los Ingresos Personales
conforme a lo
establecido para el
sector cañero, por la
totalidad de los
ingresos que obtengan.
De cara al 2020
Con el objetivo de
continuar mejorando
estos resultados para el
presente año, donde los
Impuestos sobre los
ingresos personales
representan el 11 % del
total de ingresos,
equivalente a 5 mil 428
millones de pesos, nos
hemos integrado con las
entidades que tienen los
registros constitutivos
para el control conjunto
durante el desarrollo de
la Campaña, afirmó Mary
Blanca Ortega Barredo,
Jefa de la ONAT.
Por su parte, Belkis
Pino Hernández, vicejefa
del organismo recordó
que la Campaña de
Declaración y Pago de
Tributos 2020, comenzó
el 6 de enero. En este
sentido explicó que las
personas naturales que
están obligados a
presentar Declaración
Jurada (Modelo DJ 08)
hasta el 30 de abril
son:
Los Trabajadores por
cuenta propia que
ejercen su actividad
dentro del Régimen
General de Tributación.
Artistas, creadores y
personal de apoyo del
sector de la cultura.
Comunicadores sociales y
diseñadores de la ACCS
Personas que laboran en
sucursales extranjeras
Entre tanto del 2 de
marzo al 30 de junio
están obligados a
presentar la Declaración
Jurada del Sector
Agropecuario no cañero
(Modelo DJ 12):
Los usufructuarios de
tierras agrícolas
estatales y propietarios
de tierras agrícolas,
tenedores de ganado sin
tierra y otros
productores individuales
de alimentos.
La funcionaria insistió
que se mantiene la
bonificación fiscal del
descuento del 5 % del
Impuesto a pagar por
Ingresos personales para
los contribuyentes que
presentan su declaración
jurada y pagan antes del
28 de febrero. “En el
caso de los
contribuyentes del
sector agropecuario al
diferenciarse el término
de presentación y pago
de la declaración jurada
el beneficio se aplica
para los que pagan antes
del 30 de abril”,
aclaró.
Por su parte, el
Impuesto sobre ingresos
personales sector
agropecuario – cañero
(Modelo DJ 09) se le
impone a los productores
agropecuarios
individuales del sector
cañero, de acuerdo a lo
establecido en la Ley
No. 130 “Del Presupuesto
del Estado”, el Período
de presentación de la
Declaración jurada se
inicia el 1ero de julio
y concluye el 31 de
octubre de 2019.
“Debemos aclarar que los
productores cañeros que
obtengan ingresos por
otros cultivos, liquidan
y pagan el impuesto por
la totalidad de sus
ingresos en este
periodo. Para este
sector de
contribuyentes, que
presentan la Declaración
Jurada de julio a
octubre, se ha dispuesto
en la Ley del
Presupuesto del Estado,
la bonificación del 5%
para aquellos que
declaren y paguen antes
del 30 de agosto”.
Otro de los aspectos
abordados en la Mesa
Redonda fue el
concerniente a los
tributos para las
personas jurídicas.
Están obligados a
presentar la Declaración
Jurada del Impuesto
sobre Utilidades:
Las Empresas y
sociedades mercantiles
obligadas al pago del
Impuesto sobre
Utilidades y del Aporte
por el Rendimiento de la
Inversión Estatal.
Las Cooperativas No
Agropecuarias.
Las Cooperativas de
Producción Agropecuaria
Las Cooperativas de
Créditos y Servicios
Vale destacar que aunque
el número de
contribuyentes obligados
al pago de este impuesto
es menor en relación con
las personas naturales,
es en las personas
jurídicas donde se
concentran los aportes
fundamentales del
presupuesto del estado.
“Cabe destacar que en el
caso de las unidades
básicas de producción
cooperativa del sector
no cañero (UBPC) no
tienen que presentar
Declaración Jurada,
según lo dispuesto en la
Ley 126 del Presupuesto
del Estado, siempre que
más del cincuenta por
ciento (50 %) de sus
ingresos provengan de la
comercialización de sus
producciones
agropecuarias o de la
prestación de servicios
vinculados a estas
producciones, con el
objetivo de contribuir
al mejoramiento de sus
condiciones financieras,
esta medida constituye
un beneficio para este
sector de
contribuyentes”,
puntualizó Pino
Hernández .
Así mismo, comentó que
ambas personas
(Naturales y Jurídicas)
pagan el Impuesto sobre
el transporte terrestre
y el Impuesto por la
posesión de
embarcaciones y deben
realizar este pago los
Propietarios de
transporte terrestre y
embarcaciones.
“Se mantiene el
beneficio fiscal del
descuento del 20% del
impuesto sobre el
transporte terrestre
para los que pagan antes
del 28 de febrero. Es
importante destacar que
estos descuentos lo
realiza el propio
contribuyente en el
momento que elabora el
modelo y realiza el
pago”.
Informatizar para
facilitar el pago de
tributos
En este año a partir de
los avances en la
informatización de la
sociedad se ha apostado
por realizar una campaña
diferente, donde se
potencia el uso de la
tecnología digital a
partir del uso del Sitio
Web de la ONAT.
Es por ello que se ha
reordenado la Campaña de
Declaración y Pago del
Impuesto sobre los
Ingresos Personales
aplicando múltiples
variantes para la
entrega de los modelos
de Declaración Jurada y
su instructivo ya sea en
soporte de papel o en
formato digital. “Para
eso se realizan
disímiles acciones
divulgativas desde los
territorios para
promover la descarga
desde la página web y
otros sitios
institucionales.
“También se ha
coordinado con otros
organismos que
representan sectores de
contribuyentes para que
desde las propias
instituciones los
contribuyentes puedan
obtener la declaración
jurada y cumplir con
esta obligación”, agregó
Belkis.
En el caso del vector
fiscal este año se
apostará por potenciar
la entrega por la vía
digital y para ello “en
nuestro sitio Web los
contribuyentes podrá
acceder y descargar su
modelo o solicitarlo por
las diferentes vías al
igual que la Declaración
jurada”.
“Debemos aclarar que
aunque estamos
potenciando la vía
digital esto no quiere
decir que aquellos
contribuyentes que no
tienen acceso a esta vía
o no se entienden con
estas tecnologías no
puedan adquirir sus
modelos, en estos casos
pueden obtenerlo a
través de nuestras
oficinas”.
La vicejefa de la ONAT
adelantó que como
proyecciones en este año
se trabaja de conjunto
con DESOFT en el diseño
e implementación del
Portal Tributario que se
encuentra en fase de
prueba y que permite
mayor interacción de los
contribuyentes con la
Oficina, donde podrán
consultar su situación
fiscal, solicitar
certificaciones
fiscales, etc, sin tener
que acudir a la ONAT.
“También nos hemos
vinculado con la empresa
XETID y a través de la
plataforma Enzona que es
un nuevo canal para la
realización de
operaciones financieras
y negocios digitales
para la población
cubana, los
contribuyentes podrán
realizar el pago de los
tributos, para lo cual
lógicamente deben tener
habilitada su cuenta
bancaria, hemos
seleccionado un grupo de
contribuyentes para
realizar un pilotaje acá
en La Habana y que una
vez que accedan a Enzona
puedan utilizar esta
pasarela de pago para
cumplir con sus
obligaciones fiscales”,
concluyó.